¿Qué es la “Carga Pública”?

“Carga pública” es un término que se utiliza para describir un motivo de inadmisibilidad (una de las razones por las que alguien podría no ser elegible para la residencia permanente). Alguien que podría considerarse una “carga pública” es alguien que probablemente dependerá del gobierno de los Estados Unidos para obtener apoyo y beneficios en el futuro. Si un solicitante de la residencia probablemente se convertirá en una carga pública, su solicitud podría ser denegada.

¿A quién se aplica la “Carga Pública”?

  • Cónyuges, hijos (menores de 21 años), y padres de ciudadanos estadounidenses
  • Hijos e hijas solteros (mayores de 21 años) de ciudadanos estadounidenses
  • Cónyuges e hijos (mayores de 21 años) solteros de residentes permanentes
  • Hijos (mayores de 21 años) casados de ciudadanos estadounidenses y sus cónyuges e hijos
  • Hermanos de ciudadanos estadounidenses
  • Prometidos de ciudadanos estadounidenses
  • Viudos de ciudadanos estadounidenses

¿A quién NO se aplica “Carga Pública”?

  • Asilados y refugiados
  • Menores inmigrantes especiales
  • Víctimas de trata de personas (visas T)
  • Víctimas de actividades criminales calificadas (visas U)
  • Auto-solicitantes bajo VAWA

¿Qué debo esperar de la nueva norma de Carga Pública?

A continuación encontrarás un resumen de algunos de los cambios clave encontrados en la nueva política. Ten en cuenta que esta no es una lista exhaustiva.

1. Presentar un Formulario I-864, Declaración Jurada de Apoyo, ya no es suficiente por sí solo.

Según la nueva política, el Formulario I-864 es un requisito mínimo y solo uno de los factores que USCIS tendrá en cuenta.

Tras determinar si los ingresos del patrocinador cumplen con el requisito (de al menos el 125 por ciento de los niveles de pobreza), el agente considerará los otros cinco factores: 1) la edad del solicitante, 2) su estado de salud, 3) su estado familiar, 4) sus bienes, recursos y su situación financiera y 5) su educación y habilidades.

2. De conformidad con la nueva política, USCIS considerará todos los beneficios públicos sujetos a verificación de recursos financieros que reciba el solicitante o sus familiares.

Los “beneficios públicos” son aquellos para los que la elegibilidad se determina por los ingresos y recursos del beneficiario e incluyen programas como “asistencia en efectivo para mantenimiento de ingresos, asistencia de vivienda, cupones de alimentos, ayuda financiera para estudios universitarios, o cualquier otro beneficio similar.”

Los beneficios proporcionados al solicitante, así como a alguien de “su hogar o unidad familiar”, pueden ser considerados por USCIS.

3. USCIS publicará nuevas ediciones de ciertos formularios.

A partir del 18 de septiembre, será obligatoria la edición del 09/18/26 del Formulario I-485. El formulario incluye preguntas sobre los ingresos del solicitante, su situación financiera, así como la recepción de beneficios públicos.

A partir del 1 de octubre, se requerirá la edición del 08/24//26 del Formulario I-864. La nueva edición “incluye una autorización de divulgación de privacidad que autoriza a USCIS a solicitar información [del patrocinador] a una o más agencias de informes del consumidor.”

Esto está en consonancia con lo que contemplará USCIS sobre “si el patrocinador está realmente dispuesto a proporcionar asistencia financiera” al solicitante.

USCIS puede ahora considerar la relación del patrocinador con el solicitante, si vive con él o tiene intención de vivir juntos, si ha proporcionado el apoyo requerido a algún inmigrante que haya patrocinado anteriormente, en qué medida sus ingresos anuales superan las normas de pobreza, si recibe beneficios públicos, si ha recibido una exención de cuotas de USCIS y su historial financiero, incluyendo antecedentes de bancarrota o incumplimiento de sus responsabilidades financieras.

4. USCIS puede invitar a un solicitante que se considere probable que se convierta en una “carga pública” a depositar una fianza.

Si un funcionario de USCIS considera que un solicitante no es elegible por motivo de la carga pública pero es elegible en caso contrario, USCIS puede invitar al solicitante a pagar una fianza. Una fianza es una garantía financiera por parte de solicitante a USCIS que no recibirá beneficios públicos ni se convertirá en una carga pública.

USCIS proporciona a los funcionarios una guía para determinar la cantidad de una fianza. Las normativas exigen una fianza mínima de $1,000.00, pero los agentes tienen discreción para exigir una cantidad sustancialmente mayor según las circunstancias del caso.

¿Cuándo se aplica la nueva norma?

La nueva guía entra en vigor el 18 de septiembre de 2026. Cualquier solicitud pendiente, presentada o con matasellos a partir del 18 de septiembre será considerada bajo la nueva política.

Nota para casos de tramitación consular: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) y el Departamento de Estado (DOS), que supervisa consulados y embajadas, no comparten las mismas políticas, por lo que la política de USCIS no se aplica explícitamente a los casos revisados por el DOS. Sin embargo, parece que el DOS está entrenando a sus oficiales sobre una nueva política, que probablemente será muy similar a la política de USCIS. Además, el Formulario I-864 de USCIS, al que se hace referencia anteriormente, también es utilizado por el DOS.